El Gobierno permite la celebración de juntas de propietarios solo para casos urgentes
Lo hablamos con Javier Montero, presidente del Colegio de Administradores de Fincas de Gipuzkoa y Álava. Así lo expone en el Real Decreto-Ley 8/2021 aprobado por el que se adoptan medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional, a aplicar tras la finalización de la vigencia del estado de alarma. Las reuniones de vecinos solo se podrán llevar a cabo por motivos urgentes y que no puedan demorarse en el tiempo. Quedan suspendidas hasta el 31 de diciembre de 2021 la obligación de convocar y celebrar juntas de propietarios.
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